El arrendador le debe entregar al inquilino un aviso por escrito donde establece el problema y le explica que si no se corrige el problema, se terminará su contrato dentro de 5 días. (ARS § 33-1368(A).) En una acción de incumplimiento sustancial del contrato de alquiler que afecta la salud y la seguridad de forma significativa, el arrendador no puede presentar una acción de desalojo hasta después de los 5 días indicados en el aviso (por lo menos 6 días después de que el inquilino reciba el aviso).
Si el inquilino no recibió el aviso de terminación de contrato, ni la oportunidad de corregir los problemas o si el aviso no cumple con la ley o no se notificó de forma debida, el tribunal debe desechar la acción de desalojo. (RPEA 13(a)(2).)
Si el inquilino corrigió los problemas indicados en el aviso de 5 días y surge un segundo aviso de 5 días que alega problemas de igual o parecida índole dentro del mismo plazo del contrato de alquiler, el arrendador le puede entregar al inquilino un segundo aviso de 5 días y después presentar una acción de desalojo si el inquilino se queda en la vivienda después del décimo día. Aunque el inquilino corrija los problemas indicados en el segundo aviso, el arrendador todavía puede presentar la acción de desalojo.
A.R.S. significa Arizona Revised Statutes (Leyes revisadas de Arizona) y RPEA significa Rules of Procedure for Eviction Actions (Reglamento del proceso de las acciones de desalojo).
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HOJA DE INFORMACIÓN LEGAL: DESPUÉS DE LA SENTENCIA DE DESALOJO
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