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Propuesta 209
En noviembre de 2022, los votantes aprobaron la Propuesta 209, la cual entró en vigor el 5 de diciembre de 2022. La propuesta modifica varias leyes sobre el cobro de deudas. Antes de utilizar los formularios de embargo, lea la información sobre la Propuesta 209 para informarse sobre los detalles importantes.
Embargo de ingresos

Según la Propuesta 209, se reduce la porción de los ingresos disponibles semanales de un deudor que queda sujeta a las medidas de cobro de deudas (salvo los pagos de pensión alimenticia) al monto que resulte menor entre: o 10% de los ingresos disponibles o 60 veces más que los salarios mínimos federales, estatales o locales correspondientes. (Anteriormente el monto de los ingresos disponibles que quedaba sujeto a las medidas de cobro de deuda (salvo los pagos de pensión alimenticia) era 25% de los ingresos disponibles o 30 veces más que los salarios mínimos federales, el que hubiera resultado menor.)

Actualmente el salario mínimo estatal es mayor que el salario mínimo federal y esto se puede consultar en: https://www.azica.gov/labor-minimum-wage-main-page. En este momento existe un salario mínimo local que es superior al salario mínimo estatal y es el de Flagstaff. Por lo tanto, si a usted se le embarga el sueldo en Flagstaff, se calculará con el salario mínimo de esa ciudad.

Además, si en una demanda de embargo el juez determina mediante pruebas contundentes que el cálculo del porcentaje más alto de los ingresos disponibles provocaría que el deudor o la familia del deudor sufriera dificultades financieras extremas, el tribunal podría reducir el monto según lo autorice la ley.
Tasas de interés para deudas por atención médica

La Propuesta 209 modifica la sección 44-1201 de las Leyes revisadas de Arizona (A.R.S. por sus siglas en inglés) y establece un tope a la tasa de interés máxima para deudas por atención médica (un préstamo, deuda u otra obligación como resultado directo de haber recibido servicios médicos (definidos) o de ese tipo de productos o aparatos) a la cantidad que resulte menor: 3% o la tasa anual que equivale al rendimiento de vencimiento constante de los títulos del tesoro, en promedio semanal, según lo publica la Junta de la Reserva Federal, para la semana natural previa a la fecha en la que el consumidor haya recibido la factura original.
Protección ante agencias de cobro

Además, la propuesta aumentó las cantidades que quedan exentas para los bienes que se protegen de agencias de cobro:
  • El aumento de la exención para viviendas familiares fue de $150,00 a $400,000. (Ver la sección 33-1101 de A.R.S.)
  • La exención de los muebles, mobiliario, bienes y electrodomésticos de una vivienda incrementó de $6,000 a $15,000. (Ver la sección 33-1123 de A.R.S.)
  • La exención del valor neto de un vehículo motorizado del deudor aumentó de $6,000 a $15,000, o si el deudor o el dependiente económico está incapacitado físicamente, de $12,000 a $25,000. (Ver la sección 33-1125 de A.R.S.)
 


A partir del 2024, se ajustarán estas exenciones de forma anual debido a los cambios del costo de vida.