Glosario



Caso civil: Una demanda se llama caso civil cuando surge entre personas o entidades en su capacidad o relaciones privadas.
Caso penal: Una demanda se llama caso penal cuando el gobierno (el Estado de Arizona) es la parte acusadora, y una persona o personas por la otra parte (el/los acusado/s) supuestamente ha(n) quebrantado una norma de conducta definido como delito según la ley.
Citatorio:
Un citatorio es una orden oficial de presentarse al tribunal a una hora determinada. El uso más común del citatorio es para llamar a testigos al tribunal para que presten testimonio.
Concluir:
En términos legales, significa que el abogado ha concluido las pruebas que quiere presentar en esa etapa del juicio.
Declaración jurada:  Una declaración jurada es el testimonio de un testigo o parte a una demanda, prestada antes del juicio, bajo juramento, y se hace constar igual como si se pronunciara ante un juez.
Estipulación: Una estipulación es un acuerdo entre los abogados de aceptar como pruebas ciertos hechos o asuntos incontrovertidos durante el curso del juicio.
Pedimento:
Un pedimento es una solicitud el abogado de una de las partes hace al juez. Los pedimentos podrán ser verbales o por escrito y se hacen para obtener una orden, resolución o disposición a favor del solicitante.
Prueba real:
Una prueba real es un documento o material producido e identificado ante el juez con el fin de incluirlo como prueba en el caso. Normalmente a cada uno de esos documentos u objetos se le asigna un número o letra por orden alfabético o numérica antes de presentarlo como prueba.
Veredicto dirigido:
Una vez presentadas las pruebas, y si no ha quedado pendiente ningún asunto para que el jurado lo determine, el juez ha de dirigir un veredicto para la parte que tiene derecho de atenderse con preferencia.
Voir Dire: El interrogatorio de potenciales miembros del jurado que han sido seleccionado para procesar un caso, con respecto a sus capacidades, así como cualquier parcialidad o prejuicio, lo cual permitiría eliminarlo mediante el uso de la recusación por causa o recusación sin causa.