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¿Qué son las pruebas?
Durante un juicio oral la persona que hace la pretensión (el demandante) deberá probar su caso al juez o al jurado. A la persona que entabla la demanda le corresponde la carga de la prueba, lo cual significa que tiene que probar los hechos del caso en los que fundamentó su pretensión. En los casos civiles el demandante tiene que probar los hechos mediante la preponderancia de la prueba. Esto significa que solamente tiene que probar que es más probable que no que los hechos sean ciertos. Podemos usar una balanza como ejemplo. El demandante sólo necesita inclinar la balanza un poco en su favor. El demandante prueba el caso presentando las pruebas.
La siguiente información le puede ser útil si un acreedor entabla una demanda en su contra, pero no sustituye el asesoramiento legal. Existen otras normas y leyes que podrían ser procedentes en su situación, pero la siguiente información explica las normas y leyes que generalmente proceden en los casos civiles.
 

Fundamentos

Existen dos tipos distintos de pruebas. Pero la mayoría de las pruebas se deberán presentar mediante un testigo. Esto significa que una persona no puede nada más entregarle al juez una fotografía o un documento y decir que es una prueba.

Salvo que sea un documento oficial, alguien tiene que dar testimonio sobre de qué es la fotografía o documento, cómo se preparó y qué significa.

Fundamentos (sigue)

También significa que la persona que presenta la fotografía o documento deberá también ser la persona que lo creó o el depositario del registro. El depositario del registro es alguien cuyo trabajo es solicitar, producir y guardar estos documentos para su empleador. Esto se llama fundamento.

AVISO: Un documento o una fotografía no se considera automáticamente como prueba nada más por el hecho de incluirlo como documento anexo a la demanda.
 

Los testigos

Cualquier persona con conocimiento del caso puede ser testigo. Puede ser alguien que vio, oyó o de alguna forma percibió el suceso. Las partes del caso también pueden ser testigos. Un testigo no puede dar una opinión.

Normalmente, un testigo no puede dar testimonio sobre lo que otra persona le haya dicho. Esto se llama testimonio de oídas y sólo se permite en ciertas circunstancias.

EJEMPLO: Si usted quiere que el juez sepa que el mecánico no le arregló su coche correctamente, usted no podrá dar testimonio sobre lo que otro mecánico le dijo que estaba mal.

Contrainterrogatorio

La parte que llama al testigo a dar testimonio le hará las preguntas al mismo. Después, la otra parte tiene derecho a contrainterrogar, lo cual significa que puede hacerle preguntas. Luego, la primera parte tiene la oportunidad de hacer más preguntas en función del contrainterrogatorio. Para dar testimonio en un juicio oral, el testigo debe comparecer en él. Usted no puede presentar una carta con la declaración del testigo, aunque se firme ante notario. El testigo tiene que estar disponible para el contrainterrogatorio.

AVISO: Si usted cree que el testigo no se presentará voluntariamente, podrá pedir que el juzgado emita un citatorio, lo cual es una orden judicial que le obliga al testigo a presentarse en el juicio oral.
 

Peritos

Los testigos solo pueden dar testimonio acerca de lo que saben y no pueden dar opiniones. Solamente los peritos pueden dar opiniones. Un perito es alguien que tiene conocimiento particular sobre un tema ya sea porque lo ha estudiado o porque ha trabajado en un campo específico.

EJEMPLO: Si usted cree que un contratista hizo un mal trabajo, podría necesitar a otro contratista como perito para que éste le diga al juez por qué el trabajo no se hizo bien.

Fotografías y documentos

Si usted quiere enseñar una foto durante el juicio oral o audiencia, debe poder testificar sobre quién la tomó, cuándo la tomó y qué es lo que la foto demuestra. También debe explicar lo mismo sobre cualquier documento que usted presente.

ATENCIÓN: Si usted intenta presentar un documento que otra persona preparó, es posible que ésta necesite testificar y de no ser así, se podría considerar como testimonio de oídas.

EJEMPLO: No puede presentar una carta del colegio de su hijo como comprobante de su domicilio.
 

Citatorios

Si necesita obtener un documento para el juzgado, usted puede pedir que el juez firme un citatorio para que la persona o empresa produzca el documento.

EJEMPLO: Usted podría pedir que el banco le entregue un documento que comprueba si se ha cobrado un cheque o giro postal.

Día del juicio oral

Si a usted se le olvida llevar alguna prueba, lo más probable es que no se aplace el juicio oral para darle más tiempo de obtenerla. El juez o el juzgado no podrá buscar ninguna información para usted.

AVISO: Acuérdese que debe presentar las pruebas en su caso el día del juicio oral.