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Desagravio poscondenatorio
La siguiente información sobre los pasos en un caso penal no sustituye el asesoramiento legal. Existen otras normas y leyes que pueden ser procedentes en su situación, pero la siguiente información explica las normas y leyes comunes que proceden.

Al solicitar el recurso de desagravio poscondenatorio, el procesado pide al tribunal anular o modificar una sentencia condenatoria, o reducir o modificar una pena.

Las Reglas 32 y 33 el Reglamento del procedimiento penal de Arizona establecen el proceso por el que se solicita el desagravio poscondenatorio.

  • Si al procesado se le condenó y se le impuso una pena después de un juicio oral o una audiencia contenciosa de incumplimiento del régimen a prueba, deberá seguir el proceso según la Regla 32.
  • Si el procesado contestó "culpable" o "no me opongo" a un acto ilícito, admitió un incumplimiento del régimen a prueba, o si incumplió el régimen a prueba de forma automática debido a una contestación de "culpable" o "no me opongo", deberá seguir el proceso según la Regla 33.
  • El procesado puede empezar el proceso del recurso de desagravio poscondenatorio según la Regla 32 o 33 presentando un Aviso de solicitud del recurso de desagravio poscondenatorio (AOCCR41FORM24BS).
  • El procesado deberá presentar el aviso en el juzgado de primera instancia en el que se dictó la sentencia o se impuso la pena.
  • El aviso incluye información acerca del procesado, su condena y pena, la relación del procedimiento que se ha seguido durante la causa y las bases sobre las que se basa la solicitud de desagravio del procesado según la Regla 32 o 33.
  • El Aviso también puede incluir la solicitud por parte del procesado de un abogado nombrado por el tribunal para asesorarlo durante el proceso del desagravio poscondenatorio.
  • Después de presentar el Aviso, el procesado deberá presentar un Recurso de desagravio poscondenatorio (AOCCR41FORM25S).
  • El recurso deberá incluir los hechos sobre los que se basa la solicitud de desagravio.
  • El procesado podrá establecer los hechos al usar las actas judiciales, transcripciones del testimonio, declaraciones juradas, entre otros documentos.
  • El recurso deberá también incluir un memorándum que explica cómo los hechos sirven de base para la solicitud del desagravio, así como cualquier autoridad legal que justifique la pretensión.
  • De acuerdo con las Reglas 32 y 33, existen plazos para presentar el Aviso y Recurso.
  • Se podría denegar la solicitud de desagravio si no se presenta el aviso o el recurso dentro de los plazos especificados.
  • También es importante que el procesado plantee cualquier base para el desagravio que sea de su conocimiento ya que si no se plantea una base en el Aviso y Recurso, es posible que el procesado no pueda formularla más adelante.
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