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El proceso del juicio civil
1. Declaraciones de apertura

Al comienzo del juicio, ambos lados presentan sus declaraciones de apertura. Primero habla el demandante, quien ofrece una perspectiva general de los hechos a presentarse, lo cual se expone para ayudar al juez o a los miembros del jurado a entender y seguir las pruebas durante el juicio. El abogado por el lado opuesto podrá ofrecer el mismo tipo de comentario de apertura o podrá reservar la declaración de apertura hasta más adelante cuando comienza aquel lado del caso. Cualquiera de los dos abogados podrá optar por no ofrecer declaración de apertura. Una declaración de apertura no es un argumento, y no son pruebas lo que exponen los abogados en sus declaraciones de apertura.
2. Interrogatorio directo - llamar a los testigos

El demandante dará comienzo al caso al llamar a los testigos y hacerles preguntas. Esto constituye interrogatorio directo.

En todos los juicios los testigos prestan juramento o afirman que lo que dicen en la sala es la verdad. Los abogados plantean preguntas en el interrogatorio directo y en la contrainterrogatoria para llegar a la verdad. El juez también podrá preguntar a los testigos directamente. Los miembros del jurado no pueden preguntar directamente a los testigos. Ellos pueden presentar al juez preguntas por escrito para los testigos.
3. Interrogatorio directo - las pruebas en el juicio

Todas las pruebas en el juicio, incluyendo el testimonio y las pruebas físicas, tales como documentos, armas o prendas de vestir, tienen que ser aceptables de acuerdo con las definiciones en las Reglas de Arizona para las pruebas, antes de ser admitidas como pruebas y mostradas al jurado. En ocasiones, los abogados por una parte objetarán una pregunta que se haya planteado o una prueba ofrecida por la otra parte. De acuerdo con la ley, los abogados tienen el derecho de objetar la introducción de cualesquier pruebas que ellos consideran inapropiadas. A veces, el juez oirá argumentos sobre estas objeciones fuera del alcance del jurado. El juez decide cuáles pruebas y testimonio son admisibles de acuerdo con las reglas. Las objeciones de los abogados, o la resolución del juez con respecto a ellas, no deberá causar que el jurado favorezca un lado por encima de otro.
4. Contrainterrogatorio

Ya que el demandante haya terminado de hacerle preguntas al testigo, se le permite a la defensa hacer el contrainterrogatorio al testigo sobre cualquier asunto relevante.
5. Repreguntas por la parte citante

Después del contrainterrogatorio, el abogado que originalmente llamó al testigo podrá plantear preguntas adicionales al testigo para aclarar algo que se mencionó en el contrainterrogatorio. Esto es repreguntar por la parte citante. El juez podrá dar la oportunidad al abogado opositor a volver a repreguntar.

Cuando el demandante haya llamado a todos los testigos por su lado del caso y presentado todas sus pruebas, ese lado concluye la presentación de su caso.
6. Veredicto dictado por el juzgador

Ya que el demandante haya concluido su presentación, el abogado del demandado podrá pedirle al juez que decida el caso a favor del demandado porque el demandante no presentó las pruebas suficientes para probar el caso en contra el demandado. Esto so llama veredicto dictado por el juzgador en un caso civil.

Si el juez concuerda en que no hay pruebas suficientes para condenar al demandando, el juez dicta fallo a favor del demandado y el caso queda terminado.
7. La defensa

La defensa podrá presentar pruebas para su lado del caso. El abogado para la defensa suele esperar hasta este momento en el juicio para exponer su declaración de apertura.

Si la defensa sí llegara a presentar un caso y llamar testigos, las mismas reglas y los mismos procedimientos que gobernaron la presentación de las pruebas por parte del demandante se aplican ahora a las pruebas presentadas por la defensa.

A la conclusión del caso del demandado, el demandante podrá presentar información adicional para responder a las pruebas ofrecidas por la defensa. Después de esto, se le da otra oportunidad a la defensa a presentar pruebas adicionales a favor del demandado.
8. Argumentos de clausura

Cuando ambos lados han presentado sus pruebas, cada lado podrá hacer sus debates de clausura. Los argumentos de clausura son similares a los de apertura. Les dan a los abogados la oportunidad de dirigirse al juez o al jurado una última vez. Primero habla el demandante, por lo general con un resumen de las pruebas que se han presentado, y realzando las partidas de mayor beneficio al demandante. Luego habla el abogado por parte del demandado. El abogado defensor suele resumir los puntos más fuertes del caso del demandado y señalar los defectos en el caso presentado por el demandante. Luego el demandante tiene una última oportunidad de hablar. Estos argumentos le ofrecen al juez o al jurado una oportunidad de entender mejor el caso y así ayudarles a llegar a un veredicto. Lo que dicen los abogados en sus debates de clausura no constituye pruebas.
9. Instrucciones al jurado

Después de los argumentos de clausura en un juicio con jurado, el juez lee las instrucciones a los miembros del jurado, y les explica la ley que se aplica al caso. Los miembros del jurado tienen la obligación de seguir y aplicar estas instrucciones al llegar a un veredicto.
10. Deliberaciones del jurado

Luego a los auxiliares de la sala se les toma juramento a encargarse de los miembros del jurado y acompañarlos de la sala a del tribunal a la sala de deliberaciones. El jurado elige a un portavoz para encabezar la discusión. Jos miembros de jurado han de considerar todas las pruebas, revisar los hechos del caso, y llegar a un veredicto en base a la ley y las pruebas. En cuanto el jurado toma su decisión, se emplaza nuevamente la sesión en la sala.
11. Veredicto

En los casos civiles, una decisión (veredicto) no tiene que ser por unanimidad. El juez dará las instrucciones a los miembros del jurado acerca del número necesario de miembros que tienen que ponerse de acuerdo para llegar a un veredicto. Después de llegar al veredicto en la sala de deliberaciones, y si el veredicto es por unanimidad, el portavoz firma el veredicto. Si el veredicto no fuera por unanimidad, los miembros del jurado que sí estuvieron de acuerdo con el veredicto lo firman. Luego, todos los miembros del jurado regresan a la sala del tribunal donde se recibe el veredicto. En algunos casos, se le preguntará a cada miembro del jurado si coincide con el veredicto. Esto se llama “sondear al jurado." Al sondear al jurado, ni el juez ni el/la secretario/a identifica a los miembros individuales por nombre. Entonces, el juez asienta una resolución en base al veredicto, y al jurado se le libera de su servicio.
12. Apelación

Se puede apelar la sentencia ante el tribunal de apelaciones.