- Debido a las inquietudes generadas por la propagación de COVID-19 entre la población en general, el 11 de marzo de 2020, el Gobernador del Estado de Arizona declaró un estado de emergencia de salud pública a nivel estatal. Desde marzo de 2020, ha habido varias medidas ejecutivas federales, del congreso y de los tribunales federales que han impactado los derechos de los inquilinos y arrendadores y cómo se tramitan los casos de desalojo en los tribunales de Arizona. Con relación a estas medidas federales, se han emitido varias órdenes administrativas relativas a las demandas de desalojo de vivienda como respuesta a la amenaza a salud pública de COVID-19 que modificaron las funciones de los tribunales para asegurar que se administre justicia en Arizona de forma segura y de conformidad con las leyes estatales y federales correspondientes. La orden más reciente, Orden administrativa número 2021-129 (modificada) se emitió el 11 de agosto de 2021 y estableció distintos procedimientos que eran pertinentes cuando la suspensión federal de desalojos estaba en vigor en un condado y cuando no lo estaba.
- El 19 de enero de 2022, el Juez Presidente Brutinel firmó la Orden administrativa número 2022-14 que explica los procedimientos que se aplican a las demandas de desalojo regidas por el título 33 de Las Leyes revisadas de Arizona entabladas a más tardar el 31 de marzo de 2022 en un tribunal superior o un juzgado de paz que se hayan postergado por alguna suspensión de desalojo o a través de las cuales se pide una sentencia por adeudo de alquiler acumulado durante una suspensión de desalojo.
- Salvo que por alguna circunstancia inesperada se emita otra orden administrativa, las demandas de desalojo entabladas después del 31 de marzo de 2022 se deberán tramitar de acuerdo con el Reglamento de procedimiento en acciones de desalojo sin ningún otro anexo.
- Suspensión de hipotecas: Hasta el 30 de septiembre de 2021, existe una moratoria continua de desalojos por impago de alquiler de inmuebles con hipotecas federales si el arrendador participa en un programa de suspensión de hipoteca (pagos diferidos) en los inmuebles con 5 o más unidades. La hipoteca del edificio debe ser respaldada por Fannie Mae o Freddie Mac (FHFA), la Administración Federal de Vivienda (FHA por sus siglas en inglés), el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA por sus siglas en inglés) o la Secretaría de Asuntos de Veteranos (VA por sus siglas en inglés). Para averiguar si un inquilino se encuentra en una vivienda que se incluye en esta moratoria, diríjase a la Página web de la Oficina para la Protección de Usuarios de Servicios Financieros y la Página web de la Agencia Federal de Financiamiento de Vivienda para obtener información y herramientas sobre obligaciones adicionales de los arrendadores.
- Aviso de desalojo al inquilino con un plazo mínimo de 30 días de antelación: Ningún arrendador (ya sea público o privado) cuyo financiamiento subyacente de un inmueble multifamiliar está respaldado por el gobierno federal (p. ej., HUD/FHA o USDA), comprado o bursatilizado o por el Federal Home Loan Mortgage Corporation (Freddie Mac) o Federal National Mortgage Association (Fannie Mae), o que recibe ayudas del gobierno federal podrá obligar a un inquilino a desocupar su vivienda por impago de alquiler hasta que haya transcurrido un plazo de 30 días a partir de la fecha en la que el arrendador haya proporcionado al inquilino un Aviso de desalojo. Por lo tanto, las órdenes de desalojo que se emiten en lo que se refiere a dichos inmuebles se podrán ejecutar después de un plazo de 30 días desde la fecha de la entrega del Aviso de 5 días, según lo exige la ley estatal.
CÓMO AVERIGUAR SI UN INMUEBLE MULTIFAMILIAR TIENE UNA HIPOTECA RESPALDADA POR LAS ENTIDADES: Los inquilinos podrán utilizar las herramientas de búsqueda de inmuebles multifamiliares de Fannie Mae y Freddie Mac para determinar si viven en un inmueble multifamiliar con una hipoteca comprada o bursatilizada por dichas entidades. Estas herramientas de búsqueda no incluyen otros inmuebles con hipotecas respaldadas por el gobierno.
- Línea de atención de Fannie Mae: 877-542-9723
- Línea de atención de Freddie Mac: 800-404-3097
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Formularios |
Nombre del formulario |
Número del formulario |
Lista de control para el demandante en una acción de desalojo de viviendas que se entabla en un juzgado de paz |
AOCEAGN5KS |
Demanda |
AOCLJEA2FS |
Instrucciones para el demandado |
LJEA00005IS |
Constancia del demandante – Cumplimiento con la Ley CARES por parte del demandante |
AOCLJEA8FS |
Pedimento de modificación de la demanda |
AOCLJEA18FS |
Pedimento de modificación de sentencia |
AOCLJEA16FS |
Pedimento de declaraciónde sentencia cumplida |
AOCLJEA19FS |
Cumplimiento de la sentencia |
AOCLJEA12FS |


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